Declaración de los Sindicatos 

 

 

Los sindicatos que asisten al Congreso Mundial del Asbesto reiteran su compromiso con una prohibición mundial de la minería, manufactura y uso de todas las formas de asbesto y productos relacionados.

Es un hecho que:

El asbesto es una sustancia cancerígena en todas sus formas;

El asbesto es una amenaza a la salud pública y al medio ambiente;

Técnicamente, el control más efectivo de las sustancias cancerígenas es su reemplazo por otras sustancias menos dañinas.

En vista de la complejidad de los temas sociales y económicos que envuelve el proceso de la producción y el uso del asbesto en todo el mundo, los sindicatos proponen tomar las siguientes medidas:

La prohibición del asbesto: Los sindicatos deben hacer lobby ante sus gobiernos nacionales para introducir una prohibición del asbesto, como parte de una iniciativa internacional para la prohibición del asbesto en todo el mundo.

Protección para los trabajadores: Los sindicatos deben hacer lobby ante sus gobiernos para que ratifiquen, apliquen en forma efectiva y pongan en vigencia el Convenio 162 de la OIT como una norma mínima para proteger a los trabajadores que puedan estar expuestos a las fibras de asbesto en su trabajo. Los sindicatos deben asegurarse de que los mejores medios de protección para prevenir contra la exposición a las fibras de asbesto, este disponible para los trabajadores que actúan en la remoción del asbesto.

Concienciación: Los sindicatos deben desarrollar y mantener una campaña internacional para educar a los trabajadores, al movimiento sindical y al publico sobre los riesgos a la exposición a las fibras de asbesto y las medidas que deben tomar para prevenir las enfermedades que causa y para garantizar una prohibición mundial de los asbestos;

Alternativas: Los sindicatos deben buscar la manera de reemplazar los asbestos por sustancias alternativas que sean menos dañinas para la salud humana y para el medio ambiente. Se debe promover la investigación tecnológica para desarrollar sustancias que reemplacen a los asbestos donde no exista actualmente esta tecnología.

Intercambio de información: Los sindicatos en los países que manufacturen y usen sustitutos del asbesto deben distribuir información técnica sobre los sustitutos a los sindicatos fraternales de países en donde esos sustitutos no son manufacturados o usados actualmente.

Una transición justa: Los sindicatos deben garantizar una transición justa para proteger el ingreso, el empleo y el bienestar de los afectados y de sus comunidades en los lugares donde los trabajadores deben ser desplazados debido a la prohibición del asbesto.

Acción legal: Los sindicatos deben llevar a juicio, a través de sus sistemas legales, a los empleadores cuya negligencia haya causado enfermedades y daños ambientales para la comunidad. El contaminador debe pagar los gastos para subsanar cualquier daño causado al medio ambiente por sus operaciones.

Compensación: Los sindicatos deben gestionar una compensación adecuada y expedita para los trabajadores que sufren de enfermedades relacionadas con el asbesto.

Tratamiento: Los sindicatos deben hacer campaña para garantizar que las víctimas de enfermedades relacionadas con el asbesto tengan acceso a tratamiento médico, servicios de apoyo e información.

Firmado en nombre del grupo sindical que asiste al Congreso Mundial del Asbesto 2000.

Edison Bernardes, CONTICON/CUT, Brasil.
Wellington Carneiro, Oficina Regional para América Latina e Caribe, FITCM, Panamá.
Fiona Murie, FITCM, Suiza.
José Elias de Góis, CISSOR, Brasil.
José Augusto da Silva Filho, FENATEST/CNTC, Brasil.
Nick de Carlo, CAW, Canadá
Rory O'Neill, IFJ, EUA.
Nigel Bryson, TUC, Reino Unido
Bruno Pesce, CGIL, Italia.

November 5, 2000

 

 

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